Outsourcing Tributario:
Régimen Especial - RER | Régimen MYPE Tributario - RMT | Régimen General - RGE Cumple con SUNAT sin Complicaciones

Outsourcing Tributario: Régimen Especial - RER | Régimen MYPE Tributario - RMT | Régimen General - RGE Cumple Con SUNAT Sin Complicaciones

Nos encargamos de la gestión tributaria de tu empresa para evitar multas y asegurar el cumplimiento fiscal.

Outsourcing Tributario

Nuestros Servicios

  • Acogimiento a beneficios tributarios según el régimen de la empresa.
  • Planeamiento tributario.
  • RUS, Régimen Especial a la Renta, Renta Mype Tributario y Regimen General.
  • Acogimiento a REMYPE, beneficio laboral.
  • Verificación de la causalidad, fehaciencia, razonabilidad y sustento de los gastos y costos de acuerdo con la actividad económica de la empresa.
  • Cálculo de Impuesto a la Renta e IGV.
  • Declaración mensual PDT 621 IGV Renta
  • Declaración mensual Plame PDT 0601, Planilla de remuneraciones
  • Declaración mensual AFPnet
  • Declaración anual renta anual Impuesto Renta.
  • Declaración anual ITAN
  • Declaración anual DAOT
  • Declaración beneficiario final
  • Asistencia en procesos de fiscalización tributaria.
  • Fiscalizaciones tributarias preventivas y de diagnóstico.
  • Asesoría y preparación de recursos de reclamación y apelación.
  • Revisión y levantamiento de esquelas de citación y cartas inductivas – SUNAT.
  • Solicitud de devolución y/o recuperación de tributos (detracciones, percepciones, retenciones, pagos en exceso).
  • Defensa en fiscalizaciones y auditorías SUNAT.
  • Representación legal ante procesos sancionadores.
  • Regularización de deudas y fraccionamientos.
  • Asistencia tributaria preventiva y estrategia fiscal legal.
  • Fraccionamiento por deudas tributarias.
  • Control de las cartas inductivas e inspecciones de SUNAFIL o Ministerio de Trabajo.
  • Asesoramiento para el regimen de importación definitiva.
  • Beneficios del exportador Drawback
  • Infracciones, multas y sanciones: No emitir comprobantes de pago, No presentar declaraciones dentro del plazo, Omisión de Pago de tributos, No llevar libros electronicos, No actualizar el RUC, No declarar ingresos.
  • Lavado de Activos detección y prevención.
  • Desbalance patrimonial no justificado.
  • Incremento patrimonial no justificado.
  • Consultoría tributaría permanente.
  • Lavado de Activos detección y prevención.
  • Desbalance patrimonial no justificado
  • Asesoría en desbalance patrimonial e ingresos omitidos.
  • Incremento patrimonial no justificado.
  • Consultoría tributaría permanente.

Cuando SUNAT realiza algún procedimiento tributario, necesitarás nuestra ayuda para protegerte frente errores, sanciones y cobros indebidos.

Te ayudamos si:

  • Has recibido una notificación, carta inductiva o requerimiento de SUNAT.
  • Estás siendo auditado o fiscalizado.
  • Te acusan de evasión, desbalance o ingresos no justificados.
  • Deseas hacer una planificación tributaria preventiva.
  • Buscas regularizar tu situación fiscal de forma segura. 📩

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Preguntas Frecuentes

¿CÓMO PUEDE OPERAR UN EMPRENDIMIENTO?

En el Perú, un emprendimiento puede operar como:

          Persona natural con negocio.

          Persona jurídica (empresa formalmente constituida).

Ambas opciones son válidas, pero tienen implicancias diferentes en cuanto a responsabilidad legal, facilidad de gestión, acceso a financiamiento, y tratamiento tributario.

  1. PERSONA NATURAL CON NEGOCIO
  • Es la forma más simple de operar.
  • No requiere constitución ante notario ni registro en Registros Públicos.
  • El titular responde con todo su patrimonio personal por las deudas del negocio.
  • Se puede acoger a cualquiera de los regímenes tributarios.

 

  1. EMPRESA O PERSONA JURIDICA
  • Requiere constitución formal: minuta, escritura pública, inscripción en SUNARP.

EIRL : Un solo titular. Patrimonio separado del personal.

SAC:   Requiere mínimo 2 socios

  • Tiene existencia legal independiente del titular.
  • Permite separar el patrimonio personal del empresarial.
  • Puede emitir acciones o participaciones, contratar como persona jurídica.
  • Acceso más amplio a crédito bancario, licitaciones, etc.

El lavado de activos es el proceso mediante el cual se ocultan o disfrazan el origen ilícito de bienes, dinero, ganancias o activos que provienen de actividades delictivas, como el narcotráfico, corrupción, minería ilegal, trata de personas, entre otros. En otras palabras, es un proceso que busca introducir dinero “sucio” (ilícito) al sistema financiero y económico legal, de manera que parezca limpio o legítimo.

📌 Características clave según el Decreto:

  • Es un delito autónomo: No se necesita una sentencia previa que determine el delito que originó los fondos.
  • Se basa en indicios razonables del origen ilícito del dinero o bienes.
  • Abarca múltiples conductas como adquirir, transferir, custodiar, ocultar, convertir, usar bienes sabiendo que provienen de un delito.

 

El Decreto Legislativo N.º 1106 establece un marco legal riguroso para combatir el lavado de activos, considerando todas sus etapas como delitos punibles por separado, incluso sin necesidad de sentencia previa por el delito que originó el dinero. Este enfoque permite una lucha más efectiva contra la criminalidad organizada y actividades como la minería ilegal.

El proceso de lavado de activos comprende tres etapas fundamentales:

  1. Colocación

Ingreso de fondos ilícitos al sistema financiero o económico formal.

  • Ejemplo: depósito de dinero en bancos, compra de bienes de alto valor como vehículos, inmuebles en efectivo.
  1. Estratificación (o encubrimiento)

Separar los fondos del origen ilícito mediante transacciones complejas, transferencias, conversiones, para dificultar su rastreo.

  • Ejemplo: Transferencias entre cuentas, constitución de empresas ficticias. Transferencias entre cuentas, compra de criptomonedas, uso de empresas ficticias.
  1. Integración

Los fondos reaparecen en la economía como aparentemente legales o legítimo, listo para listo para usarse sin levantar sospechas.

  • Ejemplo: inversión en negocios, adquisición de propiedades, creación de empresas, proyectos inmobiliarios.

Estas etapas no necesariamente se dan en orden o de forma separada. Pueden solaparse o repetirse dependiendo de la sofisticación del esquema criminal.

El proceso de lavado de activos comprende tres etapas fundamentales:

  1. Colocación

Ingreso de fondos ilícitos al sistema financiero o económico formal.

  • Ejemplo: depósito de dinero en bancos, compra de bienes de alto valor como vehículos, inmuebles en efectivo.
  1. Estratificación (o encubrimiento)

Separar los fondos del origen ilícito mediante transacciones complejas, transferencias, conversiones, para dificultar su rastreo.

  • Ejemplo: Transferencias entre cuentas, constitución de empresas ficticias. Transferencias entre cuentas, compra de criptomonedas, uso de empresas ficticias.
  1. Integración

Los fondos reaparecen en la economía como aparentemente legales o legítimo, listo para listo para usarse sin levantar sospechas.

  • Ejemplo: inversión en negocios, adquisición de propiedades, creación de empresas, proyectos inmobiliarios.

Estas etapas no necesariamente se dan en orden o de forma separada. Pueden solaparse o repetirse dependiendo de la sofisticación del esquema criminal.

El proceso de lavado de activos comprende tres etapas fundamentales:

  1. Colocación

Ingreso de fondos ilícitos al sistema financiero o económico formal.

  • Ejemplo: depósito de dinero en bancos, compra de bienes de alto valor como vehículos, inmuebles en efectivo.
  1. Estratificación (o encubrimiento)

Separar los fondos del origen ilícito mediante transacciones complejas, transferencias, conversiones, para dificultar su rastreo.

  • Ejemplo: Transferencias entre cuentas, constitución de empresas ficticias. Transferencias entre cuentas, compra de criptomonedas, uso de empresas ficticias.
  1. Integración

Los fondos reaparecen en la economía como aparentemente legales o legítimo, listo para listo para usarse sin levantar sospechas.

  • Ejemplo: inversión en negocios, adquisición de propiedades, creación de empresas, proyectos inmobiliarios.

Estas etapas no necesariamente se dan en orden o de forma separada. Pueden solaparse o repetirse dependiendo de la sofisticación del esquema criminal.

⚖️ TIPIFICACIÓN PENAL DE LOS ACTOS Y ETAPAS DEL LAVADO DE ACTIVOS

📌 Según el Artículo 1 del D. Leg. N.º 1106:

“Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho (8) ni mayor de quince (15) años, el que convierte, transfiere, administra, guarda, custodia, adquiere, utiliza, transporta o de cualquier otra forma oculta o encubre bienes, dinero, efectos o ganancias provenientes de actividades ilícitas.”

👇 Se consideran actos de lavado de activos (tipificados penalmente):

  1. Conversión o transferencia de bienes provenientes de delito.
  2. Ocultamiento o encubrimiento de la verdadera naturaleza, origen, ubicación, propiedad o control de bienes ilícitos.
  3. Adquisición, uso o posesión de bienes a sabiendas de su origen ilícito.
  4. Actos realizados con dolo eventual: es decir, aun si no se prueba conocimiento total del origen ilícito, basta con que exista indiferencia o aceptación del riesgo.

📌 Agravantes (Art. 3 del Decreto):

  • Si el agente pertenece a una organización criminal.
  • Si el agente es funcionario público.
  • Si el valor de los bienes es elevado.
  • Si se usa empresas o instituciones financieras como fachada.
  • El valor del dinero o bienes supera las 500 UIT.

ANÁLISIS LAVADO DE ACTIVOS

🔍 1. Enfoque preventivo y represivo

El Decreto no solo busca sancionar el lavado de activos, sino también prevenirlo y detectarlo mediante el fortalecimiento de instituciones como la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el deber de colaboración de entidades financieras, notarías, constructoras, casas de cambio, etc.

🔍 2. Autonomía del delito

La norma rompe con la necesidad de probar judicialmente el delito precedente, lo que facilita la persecución penal. Basta con que existan indicios razonables de que el dinero o los bienes provienen de actividades ilícitas.

🔍 3. Amplitud de conductas sancionadas

La norma no se limita al lavado financiero, sino que incluye conductas comunes como tener, usar o guardar dinero sabiendo su origen ilícito. Esto amplía el campo de persecución penal.

🔍 4. Enlace con otras actividades delictivas

El lavado de activos es el eslabón final de muchas redes criminales, incluyendo:

  • Minería ilegal
  • Narcotráfico
  • Trata de personas
  • Corrupción
  • Contrabando

Por eso, el enfoque debe ser interinstitucional y multisectorial.

✅ RECOMENDACIONES SOBRE LAVADO DE ACTIVOS

📌 Para el Estado y sus instituciones:

  1. Fortalecer la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) con mayor capacidad tecnológica y legal.
  2. Promover la capacitación especializada en jueces, fiscales, policías y funcionarios sobre lavado de activos.
  3. Aumentar la cooperación internacional (con INTERPOL, GAFILAT, etc.) para rastrear dinero en el extranjero.
  4. Promover leyes complementarias de decomiso sin condena, como lo establece el propio Decreto.

📌 Para las empresas y profesionales:

  1. Implementar sistemas de prevención y detección de lavado (compliance, reportes de operaciones sospechosas).
  2. Capacitar a su personal en debida diligencia del cliente.
  3. Consultar y respetar los lineamientos de la UIF y la SBS para sectores obligados a reportar.

📌 Para la ciudadanía:

  1. No participar en operaciones sospechosas (compra de bienes en efectivo sin justificación, prestar cuentas o nombres).
  2. Reportar casos que generen sospecha ante la UIF o Ministerio Público.
  3. Promover una cultura de transparencia y legalidad en los negocios.

🧾 CONCLUSIÓN LAVADO DE ACTIVOS

El Decreto Legislativo N.º 1106 es un instrumento clave en el Perú para enfrentar de manera integral el lavado de activos. Su enfoque penal, preventivo e institucional permite al Estado actuar con mayor eficiencia frente a delitos complejos y estructurados como la minería ilegal, el narcotráfico y la corrupción.

La implementación efectiva requiere coordinación interinstitucional, educación legal y mecanismos de control financiero sólidos, junto con una ciudadanía informada y vigilante.

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